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Partiendo de su dilatada experiencia, primero como abogado desde 1752 y más tarde como ministro del Real y Supremo Consejo de Castilla a partir de 1773, de la Cámara de Castilla desde 1776 y, finalmente, como gobernador del sínodo castellano, Juan Acedo-Rico, primer conde la Cañada, conocía en profundidad los daños que frecuentemente padecían las partes litigantes por la arbitrariedad con que eran interpretadas las leyes. Para poner fin a estos perjuicios, estimó necesario que debía publicar sus Instituciones prácticas de los juicios civiles, así ordinarios como extraordinarios, en todos sus trámites, según que se empiezan, continúan y acaban en los tribunales reales, Madrid, 1794. Acedo se encarga de presentar una guía práctica para el funcionamiento de los juicios civiles, abordando aspectos tan complejos como el papel de los actores procesales, la ejecución de las sentencias o sus recursos. Todo ello tendía a ofrecer, en suma, un adecuado enfoque de cómo se aplicaban las normas en la realidad cotidiana de la justicia. Los juicios civiles constituyen el tomo I de la obra editada por la AEBOE. El tomo II de nuestra obra está dedicado a los recursos de fuerza. Concretamente, lleva por título Observaciones prácticas sobre los recursos de fuerza: modo y forma de introducirlos, continuarlos y determinarlos en los tribunales reales superiores, Madrid, oficina de Benito Cano, 1794. En una época en la que la jurisdicción eclesiástica y civil se enzarzaban en continuos conflictos, la obra quiso dotar de rigor normativo al recurso de fuerza, entendido como el mecanismo que permitía impugnar decisiones arbitrarias de los tribunales eclesiásticos ante la justicia del rey. Autor Prólogo: Juan de la Barreda Acedo-Rico Autor Estudio jurídico: Miguel Pino Abad Colección: Leyes Históricas de España 634 páginas (tomo I) y 642 páginas (tomo II). Total: 1.276 páginas. Formato: 205 x 295 milímetros. Tirada: 50 ejemplares Peso: Tomo I: 1772 gramos. Tomo II: 1775 gramos. Primera edición: junio de 2025 En cubierta: Grabado de la época, conservado de la Biblioteca Nacional de España, que representa a don Juan Acedo-Rico con la banda de caballero de la Orden de Carlos III. Director de la colección: Feliciano Barrios Pintado. © Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, para esta edición. © Por el prólogo, Juan de la Barreda Acedo-Rico. © Por el estudio jurídico Miguel Pino Abad. https://cpage.mpr.gob.es NIPO en papel: 144-25-071-7 NIPO en línea, PDF: 144-25-072-2 ISBN: 978-84-340-3067-1 Depósito Legal: M-12166-2025 Imprenta Nacional de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54, 28050 Madrid ÍNDICE GENERAL Prólogo, por Juan de la Barreda Acedo-Rico: 1. La infancia de don Juan Acedo-Rico, sus estudios. Licenciaturas y Doctorado 2. El prestigio profesional de don Juan Acedo-Rico 3. La amistad con el conde de Aranda. Su integración en el partido aragonés. Alcalde de Casa y Corte 4. Nuevos e importantes cargos. Consejero togado del Consejo de Hacienda y Ministro del Consejo de Castilla 5. Don Juan Acedo-Rico, Ministro de la Cámara de Castilla 6. Las luchas e intrigas políticas de su época. Los enfrentamientos entre los condes de Aranda y de Floridablanca 7. Don Juan Acedo-Rico, conde de la Cañada, Gobernador del Consejo de Castilla y Consejero de Estado 8. Ajuste de cuentes entre los condes de Aranda y de Floridablanca. La persecución política contra Floridablanca 9. Caída del conde de Aranda. Su persecución política. La complicada situación del conde de la Cañada 10. Destitución del conde de la Cañada como Gobernador del Consejo de Castilla y de la Cámara de Castilla. Continuación como miembro del Consejo de Estado. 11. Referencia de otros autores sobre incidentes posteriores a su cese 12. Presencia de don Juan Acedo-Rico en grandes proyectos de la Monarquía 13. Cargos desempeñados durante el reinado de Carlos III 14. Las obras jurídicas del conde de la Cañada: Juicios civiles y Recursos de fuerza 15. Juicio de valor y opinión sobre las obras procesales de don Juan Acedo-Rico, de don Miguel de Mendinueta, Ministro del Consejo de Castilla 16. Juicio de valor y opinión sobre las obras procesales de don Juan Acedo-Rico, de don José Fita, Fiscal del Consejo de Castilla, y don José Miguel de Flores, del Consejo de S. M. y Alcalde de su Real Casa y Corte 17. Remisión de las obras procesales al conde de Floridablanca y su juicio de valor sobre ellas, 5 de marzo de 1789 18. Publicación de la obra en 1794 19. Otras dos obras del mayor interés para el público y para el reino. Folio 23 del Memorial 20. Recapitulación 21. La Ilustración española en el reinado de Carlos III y don Juan Acedo-Rico Apéndice. Los dos matrimonios de don Juan Acedo-Rico. La sucesión del primer conde de la Cañada Estudio jurídico de la obra de don Juan Acedo-Rico, por Miguel Pino Abad TOMO PRIMERO INSTITUCIONES PRÁCTICAS DE LOS JUICIOS CIVILES ASÍ ORDINARIOS COMO EXTRAORDINARIOS, EN TODOS SUS TRÁMITES, SEGÚN QUE SE EMPIEZAN, CONTINÚAN Y ACABAN EN LOS TRIBUNALES REALES. POR EL CONDE DE LA CAÑADA TOMO SEGUNDO OBSERVACIONES PRÁCTICAS SOBRE LOS RECURSOS DE FUERZA: MODO Y FORMA DE INTRODUCIRLOS, CONTINUARLOS Y DETERMINARLOS EN LOS TRIBUNALES REALES SUPERIORES. POR EL CONDE DE LA CAÑADA
El criterio establecido, en la que formalmente es la 1ª edición de este libro, sigue la tradicional corriente, defendida entre otros por Francisco Fernández de Béthencourt, que opinó que la Grandeza de España se ideó en el acto de reconocimiento de Carlos de Habsburgo y Trastámara, I de Castilla, como V del Imperio en Aquisgrán el 26/X/1520, después de su coronación como rey de Roma el 23/X/1520; en los días anteriores a la ceremonia, se cree que Fadrique Álvarez de Toledo, II duque de Alba, mayordomo mayor del rey, negoció con los nobles que tenían prevista su presencia en dicho acto y que gozaban del derecho de permanecer cubiertos en presencia del rey, renunciaran al mismo para no ofender al resto de los nobles del imperio que permanecerían descubiertos. A cambio de esta cesión voluntaria, recibirían un tratamiento especial, considerado entonces como novedoso aunque hoy día sabemos que existe algún destacado precedente que pronto se citará, similar al existente en otras cortes europeas (pares en Francia, príncipes en el Imperio, etc.). El rey-emperador Carlos aprovechó esta circunstancia para sustituir los auténticos privilegios de los ricoshombres, de origen medieval, por otros que al ser confi rmados por él, otorgándoles la nueva merced, le permitirían seleccionar a los nobles que mantendrían los precitados derechos.